18 oct 2011

La Fiscalía pide a la Audiencia que no archive el caso de presunta estafa en las cooperativas

18-octubre-2011




Observa indicios de delito en la actuación de los hermanos Estívariz y otra persona.
Ha presentado un recurso de apelación contra el sobreseimiento que debe resolver la Audiencia Provincial


La Fiscalía alavesa no tiene la menor intención de arrojar la toalla en la causa que los socios de diversas cooperativas de vivienda de Vitoria siguen contra los hermanos Estívariz Iñarritu, a quienes acusan de los presuntos delitos de estafa, falsificación en documento mercantil, coacciones graves o amenazas y un supuesto delito societario. Aunque la magistrada del Juzgado de Instrucción número uno de Vitoria decidió en su día sobreseer provisionalmente las diligencias previas y desestimó un primer recurso contra el archivo del proceso, la fiscal encargada del caso ha vuelto a recurrir, esta vez ante la Audiencia, para solicitar que la causa siga adelante, ya que entiende que existen indicios de delito más que suficientes para enjuiciar a los hermanos.

Tal y como consta en el expediente del caso, la denuncia parte de socios y exsocios de las cooperativas Bustablado, Arkayate, Gardiluya, Kakiturri, Menditxaga y Gesaltza. Este colectivo imputa a los dos hermanos Estívariz Iñarritu y a su socio Óscar Elejalde los presuntos delitos antes citados por sus actividades con las cooperativas. En primer lugar, señalan los denunciantes que les han negado información de forma sistemática, con lo cual consideran que se ha vulnerado el artículo 24 de la Ley de Cooperativas de Euskadi.
Con respecto a la comisión de un supuesto delito de estafa "de tipo agravado por afectar a la vivienda", los demandantes señalan que "fueron engañados, provocando un desplazamiento patrimonial que de otro modo no hubieran efectuado". Destacan en este punto que los compradores tuvieron que abonar un sobreprecio por sus viviendas, pese a que presentan defectos de ejecución y proyecto, y que existió autocontratación entre las diferentes empresas que poseen los denunciados.

En tercer lugar, los cooperativistas aseguran que se ha cometido un delito de falsedad en documento mercantil. Alegan que las firmas que aparecen en los contratos y en las actas no son las de los miembros del Consejo Rector. Finalmente, acusan al citado Elejalde de un supuesto delito de coacciones graves. Explican en este sentido que los socios se veían obligados a firmar documentos bajo la amenaza de que si no lo hacían perderían su condición de adjudicatarios y, por tanto, las cantidades entregadas ya a cuenta. Apuntan a esta persona como el encargado de informar a los cooperativistas individualmente y quien les conminaba a signar su rúbrica en los papeles "sin entregar copia y mediante continuas amenazas".

Oposición de la juez
Pese a que desde un primer momento la Fiscalía pretendió la investigación de todos estos presuntos delitos, más otro contra la Hacienda pública por la supuesta recepción de diversas cantidades no declaradas en dinero negro, la magistrada encargada del caso no comparte su punto de vista, razón por la que en su día procedió al sobreseimiento de las diligencias previas.

Afirma la juez, con respecto a la acusación del presunto delito societario, o lo que es lo mismo de la supuesta ocultación de información, que los socios cooperativistas deberían haberse dirigido a los administradores de las sociedades para ejercer sus derechos y no a los denunciados. En cuanto a la presunta estafa, señala que "de las diligencias de instrucción practicadas no se deriva indicio objetivo alguno que permita concluir provisoriamente que los denunciados cometieran el delito de estafa que les imputan los denunciantes". En relación a la supuesta falsedad en documento mercantil, apunta que no puede determinarse cuáles son los documentos que contienen firmas falsificadas y que no existen indicios de que fueran los denunciados los autores de las falsificaciones "en el supuesto de que esto fuera así". Finalmente, en lo que respecta a las presuntas coacciones, se manifiesta sorprendida de que los socios fueran "obligados" a firmar, que no obtuvieran copias de lo firmado y que no denunciaran los hechos en su día.

Segundo recurso
Tras la desestimación del primer recurso contra el sobreseimiento interpuesto por los demandantes, es la Fiscalía la que reclama ahora que el proceso siga abierto. Entiende la fiscal que aún no se ha agotado la fase instructora y solicita que se practiquen las diligencias reclamadas inicialmente. Indica, además, que aunque los imputados no eran los administradores de las cooperativas, sí ostentaban las funciones propias de ese cargo y, por tanto, pueden incurrir en delito societario.

Solicita la Fiscalía que se tome declaración a los cooperativistas para que puedan aportar algún documentos de que han pagado cantidades de dinero negro ya que no niegan que existan recibos. "Se ha pedido que declaren en fase instructora -expone- porque si no hay soporte documental alguno su declaración puede ser esencial en este sentido".

Respecto al delito de falsedad documental, la fiscal reclama que se escuche el testimonio de los miembros de los antiguos consejos rectores. "La Juzgadora señala que no se han concretado qué documentos pueden contener firmas falsas y por ello precisamente se ha pedido la declaración de estas personas, para que se les exhiban los documentos obrantes a las actuaciones, tales como actas y contratos suscritos, y declaren sobre si han sido firmados por ellos y los reconocen", señala.